¿Cuáles obras pueden registrarse ante el INDAUTOR?

¿Cuáles obras pueden registrarse ante el INDAUTOR?

El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) es el organismo encargado en México de proteger legalmente los derechos de los autores sobre sus obras, sin embargo, no toda creación es registrable bajo esta figura. En este blog se expone con base en la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), qué tipo de obras sí pueden registrarse ante el INDAUTOR.

Fundamento legal

El artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que son objeto de protección del derecho de autor todas las obras de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.

Asimismo, el artículo 5 de la misma ley clasifica las obras en función de su forma de expresión, sus creadores y su origen. A continuación, se presentan las principales categorías de obras que pueden ser registradas.

Tipos de obras registrables ante el INDAUTOR:

1. Obras literarias

Comprenden toda expresión escrita original, como:

  • Novelas y cuentos
  • Ensayos, artículos y crónicas
  • Obras dramáticas y guiones
  • Libros de texto, manuales y tesis académicas

2. Obras musicales, con o sin letra

Incluyen:

  • Composiciones musicales instrumentales
  • Canciones con letra original
  • Arreglos musicales (cuando impliquen aportación creativa)

3. Obras pictóricas y de dibujo

Protege las manifestaciones plásticas como:

  • Pinturas y acuarelas
  • Ilustraciones, caricaturas y dibujos técnicos con carácter creativo

4. Obras fotográficas

Toda imagen captada mediante cualquier técnica fotográfica, siempre que tenga un carácter artístico o informativo original.

5. Obras de arte aplicado

Se refiere a expresiones estéticas incorporadas en objetos de uso práctico, cuando reflejen un diseño artístico y original.

6. Obras arquitectónicas

Incluye los proyectos, planos y maquetas que reflejen creatividad estética en el diseño de edificaciones.

7. Obras coreográficas y pantomímicas

Son protegibles siempre que puedan ser fijadas mediante escritura, video o notación especializada.

8. Obras cinematográficas y audiovisuales

Abarca:

  • Películas y cortometrajes
  • Documentales y animaciones
  • Videos musicales y contenidos audiovisuales originales

9. Programas de cómputo (software)

Considerados obras literarias por la ley, incluyen:

  • Código fuente de aplicaciones
  • Videojuegos
  • Sistemas de gestión o software de autoría original

Seguridad jurídica

El registro de obras ante el INDAUTOR otorga seguridad jurídica al autor, al proporcionar prueba oficial de la existencia y autoría de su creación. Es recomendable que cualquier persona que haya desarrollado una obra original la registre cuanto antes, a fin de proteger sus derechos morales y patrimoniales conforme a la legislación mexicana.

Si tienes una obra original y deseas iniciar tu trámite de registro, te recomendamos recibir asesoría profesional para garantizar que tu solicitud cumpla con todos los requisitos legales. CONTÁCTANOS en nuestro sitio web: registrodemarka.com

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Autor: Luis Angel Rivera Gadsden

Experto en derechos de autor

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