El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) es el organismo encargado en México de proteger legalmente los derechos de los autores sobre sus obras, sin embargo, no toda creación es registrable bajo esta figura. En este blog se expone con base en la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), qué tipo de obras sí pueden registrarse ante el INDAUTOR.
Fundamento legal
El artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que son objeto de protección del derecho de autor todas las obras de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.
Asimismo, el artículo 5 de la misma ley clasifica las obras en función de su forma de expresión, sus creadores y su origen. A continuación, se presentan las principales categorías de obras que pueden ser registradas.
Tipos de obras registrables ante el INDAUTOR:
1. Obras literarias
Comprenden toda expresión escrita original, como:
- Novelas y cuentos
- Ensayos, artículos y crónicas
- Obras dramáticas y guiones
- Libros de texto, manuales y tesis académicas
2. Obras musicales, con o sin letra
Incluyen:
- Composiciones musicales instrumentales
- Canciones con letra original
- Arreglos musicales (cuando impliquen aportación creativa)
3. Obras pictóricas y de dibujo
Protege las manifestaciones plásticas como:
- Pinturas y acuarelas
- Ilustraciones, caricaturas y dibujos técnicos con carácter creativo
4. Obras fotográficas
Toda imagen captada mediante cualquier técnica fotográfica, siempre que tenga un carácter artístico o informativo original.
5. Obras de arte aplicado
Se refiere a expresiones estéticas incorporadas en objetos de uso práctico, cuando reflejen un diseño artístico y original.
6. Obras arquitectónicas
Incluye los proyectos, planos y maquetas que reflejen creatividad estética en el diseño de edificaciones.
7. Obras coreográficas y pantomímicas
Son protegibles siempre que puedan ser fijadas mediante escritura, video o notación especializada.
8. Obras cinematográficas y audiovisuales
Abarca:
- Películas y cortometrajes
- Documentales y animaciones
- Videos musicales y contenidos audiovisuales originales
9. Programas de cómputo (software)
Considerados obras literarias por la ley, incluyen:
- Código fuente de aplicaciones
- Videojuegos
- Sistemas de gestión o software de autoría original
Seguridad jurídica
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